SE HA CONSEGUIDO UN IMPULSO GRACIAS AL TRABAJO CONJUNTO DEL ORGANISMO, CONSULTORES Y REGANTES.
Aspectos como la sostenibilidad y el equilibrio medioambiental están hoy en día cada vez más en auge en la sociedad actual, requiriendo un consumo eficaz de los recursos naturales, entre ellos el agua, y máxime cuando los acuíferos no son ilimitados en su cantidad y en su buena calidad. Así, el Plan Hidrológico del Duero, aprobado en enero de 2016, determina que en la zona central de la cuenca hay identificadas cuatro masas de agua subterránea que están en mal estado, entre las que se encuentra la Masa de Agua Subterránea de Medina del Campo. El acuífero de Medina del Campo se corresponde con un mal estado cuantitativo, con un elevado índice de explotación y una piezometría descendente, y un mal estado cualitativo, con un alto contenido en nitratos. Frente a todos estos aspectos y complicaciones mencionados, se entiende que la mejor solución para intentar revertir la situación de afección a los acuíferos, pasa por la constitución de Comunidades de Usuarios de Aguas Subterráneas (CUAS), en la línea de que la búsqueda de soluciones no puede hacerse por cada usuario individualmente.
Esta figura, es un instrumento que se entiende adecuado para la gestión colectiva de un bien limitado como es el agua, de cuyo aprovechamiento racional depende un interés común, la productividad de las explotaciones y el desarrollo sostenible del medio rural.
Las CUAS otorgan más capacidad de decisión en la gestión del agua, facilitando una explotación racional del recurso, más flexibilidad en el uso y un ahorro de los costes individuales para los regantes. Además, al existir un único interlocutor con la CHD, se pueden agilizar todos los procesos administrativos. Asimismo, las CUAS ofrecen ventajas añadidas ya que existe un volumen máximo de agua asignado que, bajo la gestión de los propios usuarios, se reparte entre ellos en cada campaña en función de las demandas y disponibilidades sin necesidad de realizar modificaciones en la concesión. Un sistema que flexibiliza y agiliza la gestión del agua en cada campaña de riego para adaptarla a las rotaciones de cultivo.
¿Quién puede formar parte de ellas?
Pueden formar parte de una CUAS tanto titulares de derechos de aprovechamientos de aguas subterráneas inscritos en las diferentes secciones del Registro de Aguas (Sección A: derechos concesionales, Sección B: inscripciones por disposición legal menores de 7.000 m3/año, o Sección C: aprovechamientos temporales de aguas privadas) como en el Catálogo de Aguas Privadas.
También pueden formar parte de la comunidad de usuarios los propietarios de terrenos que no formen parte de la superficie regable con derecho inscrito en Registro o Catálogo, y que van o pueden ser regados en rotación, siendo este uno de los beneficios principales de poder integrarse en la CUAS; en otro caso solo podrían regar si obtuvieran una nueva concesión (lo cual no es posible en masas de agua en mal estado) o se tramitara una modificación de características de otra concesión vigente, que son procedimientos largos y complejos. Las CUAS son, por tanto, corporaciones de derecho público que se constituyen por los propios usuarios, los cuales han de redactar y aprobar sus estatutos u ordenanzas y las mis- mas han de ser aprobadas por el organismo de cuenca correspondiente, de tal forma que los usuarios gestionan colectivamente los derechos de uso de agua que tiene reconocidos.

Dichos estatutos u ordenanzas determinan el ámbito territorial y la finalidad de las mismas y regulan tanto la organización interna de dichas comunidades como el régimen de explotación interno de dichos recursos hídricos que tengan. Deben reflejar los datos de las personas que las integran, las parcelas, los pozos que se incluyen, sistemas de funcionamiento, los caudales de agua autorizados, compromiso de colocar contadores…. También Imponen los cánones obligatorios con los que se tienen que contribuir y determinan la potestad sancionadora que tiene atribuida dicha comunidad de usuarios.
¿Es obligatorio formar parte de una CUAS?
En este momento la pertenencia o no a una CUAS es voluntario, puesto que actualmente no hay ninguna masa de agua subterránea declarada en riesgo de no cumplir el objetivo de buen estado.
En el caso de que la masa se declarara en riesgo, los titulares de derechos concesiona-les o con otro tipo de derecho al uso del agua se verían obligados a constituirse en Comunidad de Usuarios, pero solo con la superficie regable de su concesión.
Avances
Desde la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD), organismo autónomo adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y desde el proyecto LIFE IP DUERO, promovemos la constitución de estas comunidades porque facilitan un uso eficiente del agua y una gestión sostenible de este valioso recurso.
Se está avanzando en el objetivo de constitución de comunidades de usuarios de aguas subterráneas (CUAS), habiéndose formalizado en los últimos meses seis nuevas CUAS en la Masa de Agua Subterránea de Medina del Campo, gracias al trabajo conjunto desarrollado entre el Organismo y las comunidades de regantes.
Estas nuevas comunidades constituidas, son las siguientes: Tierra de Ataquines, Tierras de Zapardiel, Fresno el Viejo, Tierra de Campos “EL GALGO”, Los Cerros y San Matías. En total re- presentan 11.518 hectáreas pertenecientes a las provincias de Valladolid, Ávila y Salamanca.